REGLAMENTO INTERNO DE LA PRE-SELECCIÓN y SELECCIÓN NACIONAL DE KARATE DEL OBJETIVO: Art. 1: El presente Reglamento tiene por objetivo normar y reglamentar las Pre-selecciones y Selecciones Nacionales. DE LOS FINES: Art. 2: El presente Reglamento constituye el Instrumento ManuaI de Procedimientos y Comportamientos dentro de las Pre-selecciones y Selecciones Nacionales de Karate-Do. Todo atleta que Cumpla con ésta condición debe ceñirse al presente documento. DE LAS NORMATIVAS: Art. 3: Todo atleta miembro de la Pre-selección y/o Selección Nacional deberá mantener siempre y en todo momento un comportamiento ejemplar, dentro y fuera de las áreas de entrenamiento o competencia. Art. 4: Está obligado a cumplir con los horarios y programaciones establecidos asistiendo con puntualidad. Art. 5: Los atletas deberán mostrar entrega y dedicación en toda y en cada una de las sesiones de entrenamiento y competencia, así como hacer gala de un alto espíritu deportivo y marcial, asi como amor a los Símbolos Patrios. Art. 6: Como atletas deberán cuidar su nivel técnico - táctico competitivo así Como el físico y psicológico, manteniendo un adecuado régimen de higiene, alimentación y nutrición respetando estrictamente el plan de entrenamiento. Está obligado a realizar las pruebas médicas, psicológicas y test pedagógicos en las fechas programadas, así como mostrar un permanente interés de aprendizaje de estos procedimientos. a descuido en cualquiera de éstos aspectos será considerado como una falta y acción irresponsable. Art. 7: El atleta cuidará en todo momento su imagen y apariencia personal. Deberán contar toda su indumentaria y material personal según el Reglamento Oficial, tanto en los entrenamientos como en las competencias, así como los instrumentos requeridos por los entrenadores. La falta de algunos de los materiales imposibilitará el atleta para el entrenamiento y de presentarse reiteradamente será objeto de evaluación por los entrenadores. Art. 8: Dentro de todo el período de entrenamiento está terminantemente Prohibido tomar ingerir bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas o considerados dopping, así como realizaciones que pongan en riesgo sus capacidades. Art.. 9: Todo atleta deberá de conocer el Reglamento Oficial de competencias, así como los Estatutos y Reglamentos de la F. E K , y cumplir con las bases de los Torneos Oficiales. Art. 10: Ningún miembro podrá participar en ningún torneo o competencia sin la autorización de los entrenadores. Como tampoco efectuar entrenamientos diferentes paralelos al programa oficial, sin el visto bueno del entrenador. Art.. 10: Ningún miembro podrá participar en ningún torneo o competencia sin la autorización de los entrenadores. Como tampoco efectuar entrenamientos diferentes paralelos al programa oficial, sin el visto bueno del entrenador. Art. 11: Las reuniones oficiales o actividades extras a que convoquen los entrenadores deberán ser cumplidas obligatoriamente. Art.. 12: Las inasistencias a los entrenamientos deberán ser debidamente justificadas. Las enfermedades o lesiones serán evaluadas por- el médico oficial, de igual forma no deberán ingerir medicamentos que no sean aprobados por el médico del equipo Y con anuencia de los entrenadores. Art 13: ,Aquellos atletas que promueven la indisciplina, la división o el desaliento en el grupo, podrán ser separados definitivamente de la Selección. Art.. 14: Todos los miembros del colegio técnico y los integrantes de la Pre-selección y/o Selección son dignos de respeto y considerado. Ser miembro de la Pre-selección y/o Selección es una decisión voluntaria, pero después de estar dentro de la misma se deberá cumplir con lo normado, ya que constituye un honor representar al país. DE LAS PRESELECCIONES: Art. 15: Las pre-selecciones nacionales serán conformados en base a los siguientes criterios: DE LAS SELECCIONES: Art. 16: Las Selecciones Nacionales serán conformadas dependiendo de las condiciones y características del evento a participar; su nominación será hecha por el presidente de la F.E.K. de conformidad con los estatutos. Art. 17: Los criterios para conformar la Selección Nacional serán las siguientes: Cumplimiento de los programas y/o planes de entrenamiento Asistencia y puntualidad en los entrenamientos y competencias Resultado en los test, topes y torneos (del circuito ranking) Antecedentes competitivos (nacional e internacional)
Art. 18: Cuando integre una Selección para competencias internacionales, deberá vestir obligatoriamente con el uniforme oficial cumpliendo con las disposiciones impartidas para el efecto. DE LAS SANCIONES: Art. 19: Tres faltas injustificadas o seis tardanzas a los entrenamientos en el mes, ameritan la separación de la Pre-selección o Selección (Según sea el caso). Art. 20: Cualquier falta al presente Reglamento podrá generar una sanción que dependiendo de la gravedad será sancionada con una amonestación, separación temporal o separación definitiva. |